10/31/2016 0 Comentarios 5. Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes
¿En qué consiste? La siguiente Ley tiene como objetivo promover y proteger de forma efectiva el derecho a la salud pública, al crecimiento y desarrollo adecuado de las personas. Dicho objetivo se cumplirá mediante:
Todo lo antes mencionado se realizará con el propósito de reducir y eliminar las enfermedades vinculadas con el sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas conocidas como no transmisibles. Asimismo, esta ley se aplica a todas las personas naturales y jurídicas que comercialicen, importen, suministren y fabriquen alimentos procesados, así como el anunciante de dichos productos. ¿Cuál es su estado actual? Como sabemos, para que una Ley sea aprobada y entre en vigencia le hace falta un Reglamento. Sin embargo, a pesar de que esta Ley fue dada en el año 2013, el Reglamento de la misma aún no ha sido aprobado. Lo que existe es un Proyecto de Reglamento que fue emitido por la RM Nº 524-2016-MINSA, el cual está relacionado con la segunda disposición complementaria transitoria, que indica desde cuándo estará vigente dicha Ley (la Ley estará vigente después de un determinado periodo contado desde que se aprueba el Reglamento, en este caso a los 120 días calendario a partir de la vigencia del Reglamento). No obstante Hay dos reglamentos aprobados relacionados con esta Ley. El primero es el Reglamento que establece los parámetros técnicos sobre alimentos y bebidas no alcohólicas procesadas referentes al contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, el cual fue aprobado por el DS Nº 007-2015-SA; y el segundo es el Reglamento que establece el proceso de reducción gradual hasta la eliminación de las grasas trans en los alimentos y bebidas no alcohólicas procesadas industrialmente, el cual fue aprobado por el DS Nº 033-2016-SA. Ambos Reglamentos están relacionados con la primera disposición complementaria transitoria de la Ley (establece que los parámetros técnicos serán elaborados por el MINA en un plazo no mayor a 60 días calendario, basándose en las recomendaciones de la OMS-OPS). A su vez, es importante resaltar que esta Ley ha levantado varias polémicas y discusiones. Hay quienes dicen que es muy general y ambigua y otros que su implementación no va a funcionar debido a los estrictos parámetros técnicos designados para los alimentos industrializados. Más allá de eso, considero de suma importancia la creación de medidas de esta naturaleza para combatir problemas de salud pública que afectan a los peruanos y que van en aumento. Tal vez con algunos arreglos y modificaciones para hacer estas políticas más exactas y al alcance de todos. Esperemos que, aunque ya hayan pasado tres años y esta Ley aún no puede ser implementada debido a la falta de su Reglamento, éste sea emitido muy pronto para poder hacerle frente a este problema y así como tuvimos la iniciativa de proponer esta Ley, que por la cual nuestro país fue felicitado internacionalmente por la OMS, se aprueben y pongan en práctica más Leyes de ésta índole para mejorar la salud, generar una cultura de prevención y promoción de la salud y crear un futuro prometedor para los peruanos. Al inicio de este post adjunto la Ley, el Proyecto de Reglamento y los 2 Reglamentos relacionados con la Ley.
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Octubre 2016
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